- Confirma TEPJF los acuerdos de la UTCE del INE con los que remitió los expedientes de denuncias en contra de Morena a diversas autoridades administrativas electorales locales
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por mayoría de votos, los acuerdos UT/SCG/CA/MC/CG/269/2026 y UT/SCG/CA/MC/CG/288/2026, emitidos por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del Instituto Nacional Electoral (INE), mediante los cuales determinó que dicho organismo federal carece de competencia para conocer de los hechos denunciados en contra de Morena por la presunta comisión de actos anticipados de precampaña y campaña en diversas entidades federativas y, en consecuencia, ordenó remitir los expedientes a diversas autoridades administrativas electorales locales.
El asunto tiene su origen en denuncias presentadas por Movimiento Ciudadano en contra de Morena y quien resulte responsable, por la posible comisión de actos anticipados de precampaña y campaña, así como por falta al deber de cuidado, al presuntamente difundir y posicionar de manera sistemática a diversos perfiles políticos como eventuales precandidaturas o candidaturas a las gubernaturas de diversas entidades federativas fuera de los plazos legales y constitucionales bajo la apariencia de actividades vinculadas con su proceso interno de selección de las personas que ocuparían las “Coordinaciones de Defensa de la Transformación y Soberanía Nacional”.
En su oportunidad, la UTCE determinó que el INE carece de competencia para conocer de los hechos denunciados, al considerar que las conductas inciden en el ámbito de competencia de los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLE) de distintas entidades federativas, y, en consecuencia, ordenó remitir los expedientes a dichas autoridades locales. Para ello, partió de la premisa de que las designaciones y publicaciones podían analizarse separadamente por entidad federativa.
Inconforme, Movimiento Ciudadano promovió un recurso para impugnar tal determinación y el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón propuso revocar los acuerdos de la UTCE, al considerar que la autoridad responsable determinó indebidamente su incompetencia a partir de un análisis fragmentado de los hechos denunciados, sin atender la posible comisión de una conducta sistemática desplegada en diversas entidades federativas; sin embargo, esta propuesta fue rechazada por el pleno.
Al desahogar el asunto en sesión pública, el magistrado Felipe Fuentes Barrera expuso que la determinación de la UTCE de remitir las denuncias que se formularon a los OPLE fue correcta pues, conforme a precedentes, la competencia para sustanciar estos procedimientos se define por la vinculación de la conducta con el proceso electoral que se señala lesionado, por lo que al ser posible individualizar los hechos está justificada su remisión hacia las autoridades locales.
En consecuencia, la Sala Superior a través de engrose confirmó el acuerdo impugnado (SUP-REP-43/2026 y SUP-REP-51/2026).











