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El “candidato de la militancia” y el “candidato oficial” del PRI

Crónica política: Un sui géneris recuento de votos

Opinión por: Rosy RAMALES

En los cómputos distritales de una elección suelen recontarse los votos de los paquetes electorales situados en alguna de las hipótesis legales para tal efecto.

Y eso fue, digamos, como un denominador común en las elecciones concurrentes del primero de julio pasado, para darle certeza a los resultados electorales.

Y los votos recontados ya no pueden volver a contarse.

En el caso de Puebla, Según se informó en ese momento del proceso electoral, el Consejo General del Organismo Público Local Electoral aprobó la apertura de 486 paquetes electorales para recontar los votos de la elección de gobernador.

Número que representaba el 6% de los 7,456 paquetes correspondientes a igual número de casillas instaladas en aquella entidad. Aunque el candidato perdedor, el de la coalición “Juntos Haremos Historia” (Morena, PT y PES), Luis Miguel Barbosa, solicitó el recuento de al menos el 50% de los paquetes.

Los paquetes que hayan sido, se recontaron los votos emitidos en las casillas correspondientes. Sin embargo, no fue suficiente para darle certeza a los resultados de la elección, al parecer ganada por la candidata de la coalición PAN-PRD-MC, Martha Erika Alonso, con el 38% de los votos contra el 32% de Barbosa, aproximadamente.

Incluso, en algún momento la situación empeoró y se armó la bronca. Previamente hubo acusaciones de fraude, encontraron boletas tiradas a orillas de una presa y se registró el robo de 70 paquetes electorales, entre otros “incidentes” que empañaron los resultados.

Barbosa no quita el dedo del renglón en acusar al ahora ex gobernador Rafael Moreno Valle de manipular a los órganos electorales y, en consecuencia, la elección para beneficiar a su esposa (la candidata de la coalición panista) para llegar a la gubernatura.

Vaya nepotismo electoral en aras de garantizar los derechos político electorales. ¿Pero que no éstos, como todo derecho fundamental, tampoco son absolutos? Es hora de ir pensando en acotar de algún esa nociva práctica para la democracia.

En fin, la elección poblana se convirtió en un cochinero, sin que el recuento parcial de votos haya abonado una pizca de certeza a los resultados.

Y ahora el caso es que el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral de la Federación (TEPJF) ordenó el recuento de la totalidad de las casillas de los 26 distritos electorales que integran este estado; ¡la totalidad!

Por eso es un recuento sui generis; un caso especial, excepcional.

Al resolver el medio de impugnación presentado por Morena, la Sala Superior revocó la sentencia del tribunal local que negó un nuevo cómputo de la elección.

La máxima autoridad jurisdiccional en materia electoral consideró que el Tribunal Estatal Electoral de Puebla omitió pronunciarse respecto a la veracidad de los resultados asentados en las actas de cómputo distrital para realizar el recuento.

Y advirtió que durante los cómputos distritales se presentaron diversas irregularidades relacionadas con el debido cómputo de la votación, falta de documentación y el llenado de las actas correspondientes.

Y que el OPL actúo de manera deficiente, afectando los principios rectores de la actividad electoral: Certeza, imparcialidad, independencia, legalidad, objetividad y máxima publicidad.

En fin, que la Sala Superior ejerció su facultad de plena jurisdicción y ordenó el recuento de la totalidad de votación de la elección a la gubernatura de Puebla.

Es una muestra que cuando se quiere se puede, más allá de las disposiciones legales. Pero quien sabe por qué en ocasiones los magistrados electorales resuelven sin tanto análisis. Ahí está el caso del Fideicomiso, por ejemplo.

¿Será porque el demandante es de Morena? O sea, del próximo partido gobernante en el país. ¿O será porque en verdad están convencidos de una infinidad de irregularidades en los comicios poblanos?

Y claro de algún modo es necesario darle certeza a los resultados. Y uno de esos modos es mediante el recuento total (sui géneris) y realizado por órganos del TEPJF ante la desconfianza al órgano jurisdiccional local.

Con sus excepciones, generalmente los recuentos confirman los resultados de los cómputos distritales, con una diferencia de más- menos; incluso, en ocasiones la ahonda. Pero no es la regla, pues a veces los resultados se revierten.

Aunque en el caso de Puebla, los resultados de la elección arrojaron una diferencia de entre 5 y 6 puntos porcentuales entre el primero y segundo lugar; difícilmente podría revertirse, salvo que en verdad todos los votos nulos fuesen a favor de Barbosa y que además en el recuento encontraran inconsistencias en los votos a favor de su adversaria.

Como sea, una cosa es el recuento y otra cosa es la nulidad de la elección. La nulidad no es consecuencia del conteo voto por voto.

Y la nulidad de la elección tampoco procede por la simple petición de militantes de un partido político, sino deben existir causas legales.

Por ejemplo, que haya habido violencia generalizada en el 20% por ciento de las casillas (o en el porcentaje que señale la ley electoral de Puebla), que no se haya instalado un porcentaje similar de casillas, que la votación hubiera sido recibida por personas no autorizadas, etc.

Lo que sí, la elección de Puebla fue un cochinero.

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