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Propone reforma a la Ley del Seguro Social para eliminar estereotipo de género y reconocer el derecho de hombres y mujeres a estancias infantiles

#Comunicado

  • Se propone derogar el segundo párrafo del artículo 466 de la Ley General de Salud y eliminar el consentimiento del esposo hacia la mujer para que pueda acceder a un procedimiento de reproducción asistida

DIP. MARICELA CONTRERAS JULIÁN: Con su permiso presidenta. Hago uso de esta tribuna para presentar dos iniciativas sobre derechos humanos. Uno de los temas que nos deberían preocupar más por la grave situación que atraviesa nuestro país.

La primera de ellas es reformar la Ley del Seguro Social, ya que los avances en materia de igualdad debe entenderse como aquellos dirigidos a eliminar tratos diferenciados entre mujeres y hombres, sin que se ignoren las necesidades específicas de cada sector.

Si bien es cierto que son necesarias acciones afirmativas para compensar los desequilibrios por razones de género, no debemos dejar de lado la necesaria participación de los hombres en los cambios culturales e ideológicos de nuestra sociedad.

Uno de los ámbitos donde se refleja mayor la desigualdad es en lo laboral. Pues se concibe que las mujeres debemos dedicarnos con mayor tiempo a los quehaceres del hogar y el cuidado de los hijos e hijas, mientras que los hombres deben contar con la mayor responsabilidad del trabajo remunerado, es decir, como proveedores en la pareja.

Surge así, entonces, la necesidad de conciliar la vida familiar y laboral que debe traducirse en un reconocimiento de la participación de hombres y mujeres en las responsabilidades que surjan de las relaciones familiares. Sin embargo, la Ley del Seguro Social hace una distinción necesaria sobre el beneficio del servicio de las estancias infantiles, pues lo otorga en forma exclusiva a las mujeres aseguradas, cuya única condición, con su única condición de ser mujeres.

Mientras que para los hombres establece una serie de requisitos como ser viudo, divorciado o tener la custodia de sus hijos e hijas o ejercer la patria potestad y la custodia. Este tipo de trato diferenciado, no se justifica por lo que proponemos eliminar el estereotipo de género y reconocer el derecho de hombres y mujeres para acceder a los servicios de estancias infantiles sin ninguna condición más que contar con la seguridad social.

Las responsabilidades en el seno de las familias deben ser compartidas por hombres y por mujeres de manera igual, es decir, las labores de mantenimiento de las escuelas, de las casas, tiene que hacerse por todos los integrantes de las familias, como una forma de compartir el trabajo que ellos los lleva.

La segunda iniciativa tiene que ver con la decisión de elegir ser madres o no. A pesar de los avances para erradicar la discriminación, la Ley General de Salud establece una disposición que contrapone el ejercicio de la autodeterminación de las mujeres que deciden ser madres, pues se obliga a las mujeres a obtener el consentimiento de su cónyuge en caso de que busquen el proceso de inseminación artificial.

Esa autorización ignora circunstancias multifactoriales por las que las mujeres deciden tomar una decisión que van desde ejercer un derecho libre a su desarrollo sexual y reproductivo hasta un diagnóstico de infertilidad. En el caso del matrimonio, la libertad de procreación debe ser de común acuerdo entre los cónyuges, sin embargo los ordenamientos civiles locales establecen supuestos para que se respete el derecho de cada persona para decidir de manera libre el número y ejercicio de y el esparcimiento de los hijos.

Por lo que resulta contradictorio que se siga manteniendo la ley de un elemento de subordinación de la mujer hacia el hombre y no se le permita el ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos. De esa manera proponemos derogar el segundo párrafo del artículo 466 de la Ley General de Salud y eliminar el consentimiento del esposo hacia la mujer para que pueda acceder a un procedimiento de reproducción asistida.

Ser madre, para muchas mujeres constituye uno de los principales objetivos biológicos en su ciclo de vida, por lo que no debe estar sujeta a ninguna autorización. Si hay algún tipo de contradicción, pues ésta se dirimirá en otros ámbitos. Por lo que la maternidad es un derecho no es una asignación social. Es cuanto, diputada presidenta, muchas gracias.

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