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El grupo de Trabajo de Detención arbitraria de la ONU, determino que la detención de las 25 personas en Oaxaca es arbitraria

COMUNICADO/

  • El 26 de Abril de 2016 el Grupo de Detenciones Arbitrarias de la ONU, adoptó la Opinión   No. 17/2016 (México), en relación a la Detención  y Encarcelamiento de 25 personas integrantes de la Organización social Frente Popular Revolucionario (F.P.R).

La Detención y el Encarcelamiento de: Jesús Eduardo Sánchez Silva, Diblallin Islas Rosas, Jaime García Matías, Luis Matías Hernández, Erick Rodríguez Santiago, Germán Guadalupe Mendoza Cruz, Santiago García Espinoza, Felipe López Morales, José Alberto Andrés López,  Javier López Martínez, Uziel Matías Hernández, Erick Gonzáles Guillén, José Enrique Ordaz Velasco, Humberto Castellanos López, Eduardo Palma Santiago, Jorge Chonteco Jiménez, Humberto Castellanos López, Feliciano García Matías, Roque Coca Gómez, Luis Enrique López López, Bailón Rojas Gómez, Eugenio Hernández Gaytán, Celso Castellanos Martínez, José De Jesús Martínez Castellanos y Javier Aluz Mancera Son  arbitrarios ya que violenta los Derechos establecidos en el numeral 10 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, así mismo el artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, artículos que se refieren al principio de Debido Proceso, incumpliendo las Garantías mínimas de los Derechos del Imputado y el respeto de los Derechos Humanos.

En consecuencia, el Grupo de Detenciones Arbitrarias de la ONU solicitó el Informe Justificado al Estado Mexicano, quién respondió 2 días más tardes Negando los Hechos sin aportar  ninguna prueba que sustente sus argumentos, por lo anterior el Grupo de Trabajo solicita al Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos LIBERAR DE INMEDIATO a las 25 personas que aún siguen detenidas y conceder una REPARACIÓN adecuada incluida una compensación, así mismo pone de conocimiento al Relator Especial sobre Tortura y otros Tratos Inhumanos para que realice la Investigación adecuada respecto a la tortura que fueron sometidos los 25 jóvenes durante la Detención, en el Traslado y en su estancia en los centros penitenciarios federales.

 El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria fue creado  en 1991  por la Comisión de Derechos Humanos  de la ONU, con la Finalidad de Investigar los casos de detenciones que por alguna  u otra circunstancia sea incompatible con las normas internacionales pertinentes enunciadas en la Declaración Universal de Derechos Humanos o en los instrumentos jurídicos internacionales pertinentes aceptados por los Estados interesados.

H E C H O S

   El día  7 de Junio de 2015 aproximadamente a las  2:30 de la Tarde, después de haber participado en la marcha de pies cansados convocada en la región de Valles Centrales en Oaxaca, por parte de la Sección XXII del SNTE-CNTE, un total de 86  personas, fueron detenidas en las inmediaciones del puente que conduce a San Jacinto Amilpas, Oaxaca, cuando se trasladaban a bordo de un camión urbano, rumbo a su domicilio ubicado en el Fraccionamiento Francisco Villa,  perteneciente al municipio de Santa María Atzompa; el operativo fue implementado por parte de la Policía Vial del Estado, participando también la Gendarmería Nacional, y Policía Estatal,  para más tarde ser trasladados a la Secretaria de Seguridad Pública del estado de Oaxaca  y finalmente a la Procuraduría General de la República Delegación Oaxaca; de los 86 detenidos,  fueron liberados 61 personas, entre niños, mujeres y personas de la tercera edad, poniendo a disposición del Ministerio Publico Federal a 25  personas de las cuales ya referimos  sus nombres, al momento de ser detenidos  fueron golpeados,  torturados,  y de inmediato trasladados (12 jóvenes)  al  Penal del Rincón CEFERESO 4 Tepic Nayarit y  (13 jóvenes) a Perote Veracruz CEFERESO 5 Villa Aldama. Cabe mencionar que los jóvenes en comento fueron detenidos a la 2:30 p. m. y puestos a disposición de la autoridad aproximadamente a las 23:00 horas, violando los derechos establecidos en el art 1, 16 y 22 de la Constitución Federal,  Desde el momento de la detención se interpusieron diversos amparos en contra de los traslados y la incomunicación, actos que la Delegada de la PGR ignoró, pues no se les permitió brindarles la asesoría Jurídica y su traslado fue inmediato.

El Proceso: El expediente penal se encuentra en Juzgado Tercero de Distrito del estado de Oaxaca, bajo el número de causa 30/2015, los delitos que se les imputaban eran: Terrorismo y Portación de Bombas molotov, sin embargo en el término constitucional se les dio un auto de Libertad por el Delito de Terrorismo y  Auto de Formal Prisión por el Delito de portación de Bombas Molotov.

Es falso cuando en el proceso  penal los policías aprehensores afirman en su Parte Informativo que sólo detuvieron a 25 personas  por supuestos delitos Electorales, ya que la defensa ha aportado diversas pruebas que confirman que detuvieron a más de 80 personas que iban a bordo de un camión urbano.

El 11 de junio de 2015, se llevó a cabo la declaración preparatoria de 17 personas,  quienes manifestaron que fueron víctimas de TORTURA desde la detención y principalmente en el traslado a los CEFERESO,  las otras 8 personas se auto adscribieron como parte de una comunidad Indígena y hablantes de su idioma, por lo cual se les suspendió su término constitucional para buscar  a sus Intérpretes. Cabe destacar, que tardaron casi cuatro meses para que  su término constitucional se volviera a reabrir y pudieran rendir su declaración, lo anterior Viola los derechos humanos de las personas Indígenas  reconocidos en la Constitución Federal y en los tratados Internacionales.

Las Organizaciones  Civiles de  Derechos Humanos  Firmantes, hemos dado seguimiento y documentado de manera directa las violaciones a los Derechos Humanos de los 25 Detenidos dentro y fuera del proceso, así como el acompañamiento a sus familias.

Por lo anterior, las Organizaciones Firmantes nos pronunciamos por lo siguiente:

Nos adherimos a la solicitud hecha  por el Grupo de Trabajo de  Detenciones Arbitrarias de la ONU exigiendo al Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos que LIBERE DE INMEDIATO a las 25 personas que aún siguen detenidas y les concedan una REPARACIÓN adecuada incluida una compensación.

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