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CRÓNICA POLÍTICA: ¿Van contra gabinistas? ¿O previenen blindajes?

#Opinión

Rosy RAMALES

El presidente de la Mesa Directiva del Congreso oaxaqueño, el priista Adolfo Toledo Infanzón, presentó una iniciativa de reformas a la Constitución Política y a la Ley de Fiscalización Superior locales, en materia de responsabilidades de los servidores públicos.

Parece una iniciativa trascendente, pues según la exposición de motivos busca combatir la corrupción y tiende a hacer más corresponsables a los servidores públicos del gabinete estatal del quebranto al erario, y al final el gobernador no sea el único o el más responsable.

Aunque como titular de la administración pública estatal debe ser el responsable, máxime cuando permita o tolere a sus funcionarios atracos al erario, vayan o no a “michas”. Pero ciertamente puede haber casos en que el gobernador desconozca tales atracos.

Hay servidores públicos que en poco tiempo cambian su carcacha por carro de súper lujo, y a veces hasta compran avión; y de la nada de pronto posee gasolineras, restaurantes, casas, edificios, etc.; además han cambiado las camisas de terlenka por finuras de lino y seda de marcas caras; juegan en la bolsa de valores y tienen cuentas bancarias en dólares en el extranjero… entonces algo está pasando.

¿A poco un gobernador no se da cuenta de tanto cambio en su colaborador?

En Oaxaca ha habido sonados casos en anteriores sexenios y en el actual. Uno reciente es el del ahora ex Secretario de Salud, Germán Tenorio Vasconcelos. La Auditoría Superior de la Federación (se sabe) investiga partidas destinadas a salud donde hay observaciones por faltantes, que pueden ser solventadas o no.

En fin, la intención de la iniciativa parece buena. Y suponemos que una vez aprobado el marco secundario del Sistema Anticorrupción y Oaxaca armonice sus normas, todo engranará para combatir el mal. Cuando menos así pinta en teoría; veremos en la marcha.

La iniciativa empieza reformando dos párrafos relativos a la primera atribución de la Auditoría Superior del Estado, donde alude a los entes fiscalizables: Poderes y Municipios, entes públicos estatales y municipales, organismos públicos autónomos y particulares que manejen recursos públicos.

Y en la cuarta atribución se propone promover procedimientos de responsabilidad en casos de existir elementos de “presunción” de violaciones a la ley; ¡presunción!, sería la adición. O sea, ¿se procedería en cuanto la investigación arroje haber irregularidades en el manejo, aplicación y custodia de los recursos públicos?

La copia de la iniciativa en nuestro poder tiene partes ilegibles. Pero en la parte legible hay propuestas interesantes. Por ejemplo, establecer, en la Ley de Fiscalización Superior local, tres años como plazo de prescripción de las facultades de la Auditoria Superior del Estado para fincar responsabilidades e imponer sanciones.

Actualmente el plazo varía según la falta o el delito, pero no debe ser menor de tres años.

No obstante las bondades que pueda tener la iniciativa de reformas en materia de responsabilidades de los servidores públicos, hay propuestas que dejan dudas. Por ejemplo, sobre prohibiciones del gobernador dispuestas en el artículo 81 de la Constitución Política particular:

Las disposiciones vigentes establecen:

“Artículo 81.- El Gobernador no deberá:

“VII.- Distraer las rentas públicas del Estado de los objetos a que estén destinadas por las leyes;

“VIII.- Disponer en ningún caso y bajo ningún pretexto de las rentas municipales;”

Se propone quedar como sigue:

“Artículo 81.- El Gobernador no deberá:

“VII.- Ordenar de manera dolosa la distracción de las rentas públicas del Estado de los objetos a que estén destinadas por las leyes;

“VIII.- Ordenar disponer de manera dolosa de las rentas municipales;”

Mmm. La disposición vigente y la propuesta son imperativas. Sin embargo, la norma actual se refiere a que el gobernador no deberá distraer las rentas públicas ni disponer de las rentas municipales, para nada y por nada, él y solo él.

Y la reforma plantea que el gobernador no deberá “ordenar”… distraer o disponer… “de manera dolosa”. Según se entiende, en la reforma la prohibición ya no sería para él directamente, sino solo le prohibiría ordenar a otro que distraiga o disponga de las rentas.

Imagínense a un gobernador mirándose al espejo y diciéndose: “Te ordeno disponer del presupuesto para ‘X’ obra y jugarlo en la bolsa de valores”. “Te ordeno agarrar de los ingresos municipales para celebrar la Guelaguetza”. O imagíneselo, diciendo: “Yo no dispuse o distraje el recurso, fue mi Secretario ‘Y’”.

La propuesta de reforma agrega el elemento “dolo”, difícil de probar. Pellizcar, atracar o desviar el erario es una conducta dolosa, porque el servidor público sabe de la ilicitud y, sin embargo, la realiza. Imaginen al gobernador diciendo: “Por error invertí el presupuesto destinado a la presa, en pavimentación de calles”. O al director del Instituto de Educación Pública, argumentando: “Caray, no tuve cuidado y no sé como apareció el dinero para útiles escolares en mi cuenta personal”.

En fin, ciertamente en ocasiones algunos funcionarios del gabinete distraen recursos públicos o disponen de ellos sin responsabilidad directa del gobernador. Sin embargo, sería mejor dejar la disposición constitucional vigente y añadirle parte de la propuesta. Por ejemplo:

“Artículo 81.- El Gobernador no deberá:

“VII.- Distraer las rentas públicas del Estado de los objetos a que estén destinadas por las leyes; ni ordenar de manera dolosa la distracción de dichas rentas.

“VIII.- Disponer en ningún caso y bajo ningún pretexto de las rentas municipales; ni ordenar disponer de manera dolosa de éstas.

Se prevendría que tanto el gobernador como sus subordinados distraigan y/o dispongan del erario.

Hay un planteamiento de reforma al artículo 38 de Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Oaxaca, que politizaría aun más el proceder penalmente en contra de determinados funcionarios.

La disposición vigente establece:

“Artículo 38.- Las denuncias penales de hechos presuntamente ilícitos, deberán presentarse por parte de la Auditoría cuando se cuente con los elementos suficientes que establezca la Ley.”

Se plantea reformarlo de la siguiente manera:

“Artículo 38.- Para proceder penalmente en contra de los funcionarios de elección popular y de los previstos por el artículo 118 de la Constitución Política, que se encuentren en funciones o hayan dejado de fungir como tales, por delitos cometidos con motivo de su encargo, se requerirá querella del Auditor Superior del Estado, previa autorización de la Junta de Coordinación Política.

No es un simple juego de palabras. La querella permitiría otorgar el perdón. Y si la Junta de Coordinación Política (Jucopo) del Congreso oaxaqueño debe autorizar a la Auditoría Superior para presentar la querella, el asunto de torna político y nunca autorizará, o se prestará a negociaciones.

Pregunta: Las reformas planteadas en la iniciativa en comento, ¿aplicarían a los servidores públicos de la administración saliente, encabezada por Gabino Cué Monteagudo? ¿O también a los de la entrante, que presidirá Alejandro Ismael Murat Hinojosa a partir del primero de diciembre?

En ambos casos. Pero evidentemente por el momento más a los pecadores del gobierno de “coalición” gabinista.

Mmm. ¿Cuál será la lógica de la reforma planteada al artículo 38 de Ley de Fiscalización Superior local? ¿O no tiene lógica? Vean:

Actualmente el PRD preside la Auditoría Superior del Estado; el Auditor, Carlos Altamirano Toledo, es tío del diputado local electo Carol Antonio Altamirano, quien busca coordinar la fracción parlamentaria perredista en la próxima Legislatura, lo cual le permitiría formar parte de la Jucopo.

El PRI presidirá la Junta el primer año; y en el segundo, corresponderá a Morena, salvo ocurra cualquiera de las tres eventualidades siguientes: Por resolución jurisdiccional le tiren un diputado, empate con el PRD en número de diputados, o porque la actual Legislatura reforme la Ley Orgánica del Poder Legislativo y cambie las reglas del juego.

(La Legislatura entrante será de dos años para empatar las elecciones locales de diputados con las federales del 2018.)

Si la fracción parlamentaria del PRD consigue presidir la Jucopo vía Carol Antonio en el segundo año de la Legislatura, ¿actuaría en contra de quienes fueron funcionarios del gobierno de coalición fáctica de la cual él formó parte?

En la próxima Legislatura local solo tres partidos tendrán fracción parlamentaria y en consecuencia integrarán la Junta de Coordinación Política: PRI, Morena y PRD. ¿Morena actuaría en contra de los funcionarios del saliente gobierno de coalición? Mmm, Salomón Jara Cruz, actual líder morenista estatal, fue Secretario de Desarrollo Agropecuario y ha sido acusado de ciertas irregularidades administrativas, aunque él lo niega.

En ese contexto, cabe preguntar: ¿Haya servidores públicos gabinistas en circunstancias tales para ser sancionados bajo las reformas propuestas? ¿Sería sancionado el mismo Cué o las reformas lo salvarían? Claro, en lo relativo al ámbito local.

¿NO METERÁN LAS MANOS POR NADIE?

Dicen que el próximo Gobernador de Oaxaca, Alejandro Murat Hinojosa, no meterá las manos para defender a ningún servidor público de la administración saliente, y tampoco de su propia administración. De ahí, el espíritu de la reforma. ¿Será?

¿O la actual Legislatura local prevé blindar al gobernador saliente y al gobernador entrante?

¿O lanzó una moneda el aire?

Verán: La próxima Legislatura local, decíamos, será de dos años y para renovarla habrá elecciones en el 2018. ¿Qué pasaría si Morena gana la mayoría de las diputaciones locales? Tendría el control del Poder Legislativo y de las querellas a presentar por la Auditoría Superior del Estado, considerando que ésta necesitaría de la autorización previa de la Junta de Coordinación Política. Y ya en ruta, nada le importará a Andrés Manuel López Obrador más que dar golpes certeros para ganar las elecciones presidenciales.

Por cierto, falta saber si la próxima Legislatura cambiará al actual Auditor, que fue electo para siete años; sin embargo, siempre cabe la posibilidad de presentar su renuncia a la buena.

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