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CRÓNICA POLÍTICA: Prohibida la consulta popular en materia electoral

Opinión por Rosy Ramales

Como es de sobra sabido, el Congreso de Baja California el jueves pasado avaló la realización de una consulta sobre la ampliación del mandato del próximo gobernador del estado, Jaime Bonilla Valdez, de dos a cinco años.

Ampliación aprobada por la anterior Legislatura del Congreso Local, por encima de la decisión del pleno la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que previo a la elección determinó la validez del periodo de 2 años.

En otras palabras, los diputados bajacalifornianos anteriores se pitorrearon del máximo órgano jurisdiccional en materia electoral, ybailaron el Jarabe Tapatío encima de la Constitución General; prácticamente desconocieron el Pacto Federal.

Y por el mismo camino van los diputados locales actuales, solo queintentando lavarse las manos como Poncio Pilatos mediante la realización de una “consulta”, para que sean los ciudadanos bajacalifornianos quienes decidan de manera directa si se deja la ampliación o no del mandato del próximo gobernador.

Ajá, algo así como preguntar: “¿Liberamos a Jesús o  a Barrabas?”

Ni gracia, ni respeto a las leyes y a la Constitución, ni perdón de Dios, con los diputados de Baja California. Claro, son de Morena quien en la Legislatura anterior propuso la llamada “Ley Bonilla” y quien en la actual Legislatura planteó la “consulta”, concretamente Catalino Zavalanada menos y nada más que presidente del Congreso Local.

Y él así justificó: “Los integrantes de esta XXIII Legislatura Estatal respetamos y reconocemos la legitimidad y legalidad de las determinaciones de los diputados que nos antecedieron en el encargo, quienes tomaron distintas y diversas decisiones en su carácter de representantes del pueblo de Baja California”.

¿Qué tal? De esa magnitud la posición y actuación de los diputados de Morena; partido que enarbola la honestidad, el combate a la corrupción y el respeto al Estado de Derecho, pero en los hechos practican lo contrario.

Veamos ahora lo siguiente:

Baja California tiene una Ley de Participación Ciudadana, en la cual se contempla, en su Capítulo Quinto, la Consulta Popular como un instrumento a través del cual el Ejecutivo del Estado, el Congreso y los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores de la entidad, someten a consideración de la ciudadanía por medio de preguntas directas temas de amplio interés en el Estado.”

Precisamente corresponde al Congreso del Estado     “acordar la celebración de la Consulta Popular”, la cual podrá ser solicitada “por al menos las dos terceras partes de los integrantes de (éste)”, por “el Poder Ejecutivo” o por “el dos por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores”

Conforme a la referida Ley, el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Baja California “tendrá a su cargo la organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados de la Consulta Popular”, y “tratándose de la solicitud ciudadana, verificará que se acompañe de las firmas correspondientes, a solicitud del Congreso, realizando la certificación respectiva.”          

Entre otras disposiciones, establece también que “La convocatoria deberá expedirse por el Instituto por lo menos 30 días naturales antes de la fecha de su realización…”, y “cuando se celebre en año electoral, el plazo para la emisión (de la misma) será de por lo menos 60 días naturales.” 

O sea que la Consulta Popular podría realizarse en año electoral y en año no electoral; no precisamente el día de la elección, sino en cualquier momento.

En el artículo 73 Bis 2 de la citada Ley, se establece la condición para hacer obligatorio el resultado de la Consulta Popular; dice: “Cuando la participación ciudadana corresponda al menos al veinte por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores el resultado será vinculatorio para los Poderes del Estado y demás autoridades competentes.”

Y el artículo 73 Bis 7 precisa la disposición más importante aplicable al polémico caso de la ampliación del mandato del próximo gobernador de Baja California de dos a cinco años, pues establece lo siguiente:

No podrán ser objeto de Consulta Popular la materia electoral; los ingresos, egresos o el régimen interno y de organización de la administración pública del Estado; la seguridad pública; los actos de expropiación o limitación a la propiedad particular; y los demás cuya realización sea obligatoria en los términos de la Ley.”

Es una prohibición clarísima. Por tanto, no deben someter a consulta la ampliación del mandato del gobernador que fue electo para un periodo de dos años, no de cinco.

Violación tras violación a la ley y a la Constitución por parte del Congreso de Baja California.

Vaya, en sí misma la llamada “Ley Bonilla” es inconstitucional; rompe con los principios del Pacto Federal y es una clara afrenta a las instituciones democráticas. Llevarla a “consulta” sería tanto como consultar si es de mantenerse la gravísima violación a la Constitución.

Y es probable que en la propuesta de llevar a consulta la ampliación del mandato, los diputados locales de Morena estén fraguando una nuevachicana, por eso el Acuerdo de la Junta de Coordinación Política se refiere a la creación de una Comisión Especial de Consulta Ciudadana.

Ojo, no habla de Consulta Popular, sino de Consulta Ciudadana. Por lo menos así se lee en el contenido del Orden del Día de la sesión del 22 de agosto del año en curso, publicado en la Gaceta Parlamentaria del Congreso bajacaliforniano, en cuya página electrónica buscamos el dictamen pero no lo encontramos para saber si el texto del Acuerdo se refiere la primera o la segunda figura o si las emplea como sinónimas en la aplicación de la Consulta Popular legalmente establecida.

Si fuera una Consulta Ciudadana al margen de la Ley de Participación Ciudadana, entonces sería más que evidente que los diputados locales pretenden darle la vuelta a la prohibición prevista en dicho ordenamiento.

En fin, de cualquier manera con Consulta Popular o con Consulta Patito el Congreso de Baja California y sobre todo los diputados de Morena, están en entera ilegalidad e inconstitucionalidad; en una franca rebeldía.

Y lo más grave, nadie les pone un hasta aquí. Entonces, ¿la violación a la Constitución General ya es línea de la jerarquía de Morena?

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