* Con la aprobación de estas leyes se protegió el interés supremo de la sociedad
San Raymundo Jalpan, Oaxaca, 07 de Enero de 2016.- La Presidenta de la Comisión Permanente de Presupuesto y Programación del Congreso del Estado de Oaxaca, Iraís Francisca González Melo, informó que hasta el 30 de diciembre de 2015, fueron presentadas 525 Leyes de Ingresos Municipales para el Ejercicio Fiscal 2016, de las cuales fueron aprobadas 270 y quedaron pendientes 255, debido a que están siendo corregidas.
De la misma forma, la legisladora detalló que fueron presentadas extemporáneamente 16 leyes y 29 Ayuntamientos aún no han presentado sus respectivas Leyes de Ingresos Municipales.
González Melo aseguró que las Leyes aprobadas, fueron objeto de un minucioso estudio y análisis por parte de la Comisión a su cargo, para conocer a fondo el contenido de cada Ley recibida.
Explicó que fue necesario constatar que los proyectos de Leyes de Ingresos Municipales para el ejercicio fiscal 2016, presentados por los Ayuntamientos, reunieran los requisitos esenciales de los tributos, referentes a objeto, sujeto, base, tasa, tarifa y época de pago, ya que con estos requisitos, queda debidamente protegida la hacienda pública municipal.
La representante popular subrayó que las disposiciones contenidas en estas Leyes, establecen tasas, cuotas y tarifas, equiparables a las del ejercicio fiscal anterior y por lo tanto, no son lesivas para el contribuyente, ya que solo se adecuaron a las circunstancias inflacionarias que vive el estado y la nación,
González Melo, manifestó que estos tributos como proporcionales, equitativos y acordes a las circunstancias económicas de cada municipio, cumpliendo así los principios tributarios que mandata el artículo 31 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La legisladora, recalcó que en las Leyes de Ingresos Municipales, fueron perfectamente definidos los impuestos, derechos, productos, aprovechamientos, aportaciones de mejoras, participaciones, fondos de aportaciones, convenios y demás fuentes de financiamiento, lo que consecuentemente se verá reflejado en obras, servicios públicos, programas sociales, seguridad pública y otros gastos enfocados al bienestar de las comunidades de esos Municipios.
Afirmó que de esta forma, el Congreso del Estado en uso de sus facultades constitucionales dejo protegido el interés público que existe sobre las fuentes de financiamiento del gasto público municipal, para que estas sean funcionales y las tesorerías puedan recaudar en tiempo y en forma los impuestos, derechos y demás recursos que le corresponden.
Finalmente manifestó, que con la aprobación de estas leyes también se protegió el interés supremo de la sociedad, relativo a que existan finanzas públicas sanas en los Municipios del Estado.