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Juez Federal canceló Amparo en materia de movilidad para las calles Jiménez y Vásquez

Comunicado

** “Considero que esta es la forma correcta de avanzar como sociedad; y reconozco la civilidad de los vecinos por encauzar por la vía legal su inconformidad”


Heroica Ciudad Huajuapan de León, Oax.-15 de diciembre de 2019.-Derivado del Juicio de Amparo 785/2019 radicado en el Juzgado Primero de Distrito respecto a la controversia planteada por los vecinos de la calle Vásquez por las acciones en materia de movilidad de las calles Jiménez y Vásquez, desde la calle de Matamoros hasta la calle de Porfirio Díaz de esta ciudad, se emitió por parte de un Juez Federal la resolución a favor del beneficio colectivo, quedando implementadas las medidas en materia de movilidad en las vialidades citadas.


El Regidor de Movilidad Urbana, Alejandro Rosales Olmos, rememoró que el día 24 de septiembre del año en curso recibió en el área de esa regiduría, el incidente de suspensión insertó al Juicio de Amparo número 785/2019, donde se requirió el informe previo del citado juicio, motivo por lo cual se inició la defensa jurídica de la determinación municipal para realizar acciones de movilidad en las calles Jiménez y Vásquez, colonia Centro.


“Al optar los vecinos por agotar la vía jurídica para dar solución al conflicto, se integraron todas las etapas del juicio en la audiencia constitucional de fecha 5 de diciembre del año que transcurre”, dijo.


Al respecto indicó que el Juzgador Federal, declaró entre sus argumentaciones que el punto de acuerdo presentado por el suscrito, reclamando en el juicio en cuestión, se advierte que citaron diversos preceptos, lo que evidencia que el acto atribuido contiene la fundamentación a la que están obligadas realizar las autoridades administrativas.


En este sentido, dijo que como en este caso es la autoridad municipal con el compromiso de legalidad que se aplica a todo acto de autoridad, por ende se decretó el sobreseimiento del presente juicio, por establecer que la vía adecuada interpuesta por los quejosos no fue la correcta y debieron agotar otros recursos legales que la Ley contempla para estos casos.


Motivo por el cual se dio la razón al Ayuntamiento. Refirió que con estas acciones legales, pretender privilegiar el interés particular de los vecinos, implicaría un no ejercicio de las disposiciones de orden público, por lo que el Constituyente dotó a la autoridad municipal para la satisfacción de necesidades colectivas.


Finalmente reconoció a los vecinos de esta calle que encauzaron su inconformidad mediante los cauces legales, que finalmente el 5 de diciembre un tercero deliberó. “Considero que esta es la forma correcta de avanzar como sociedad, además, quiero agradecer al Síndico Procurador, al cuerpo Jurídico y al área técnica que nos acompañó en esta defensa; y reconozco la civilidad de los vecinos una vez más por encauzar por la vía legal su inconformidad”

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