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El “candidato de la militancia” y el “candidato oficial” del PRI

CRÓNICA POLÍTICA: Urge una reforma para reducir el financiamiento público a Morena y demás partidos

Opinión por Rosy RAMALES

Los partidos políticos con registro nacional ya demostraron que pueden vivir con menos financiamiento público; lo demostraron en ocasión de la desgracia de los sismos de septiembre pasado, justo cuando iniciaba el proceso electoral 2017-2018.

Los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Acción Nacional (PAN) se apresuraron a anunciar que renunciarían a parte del financiamiento público, luego lo hizo Morena, aunque éste partido optó por una vía prohibida por la ley y se pronunció a favor de la constitución de un fideicomiso.

La ruta era regresar determinada cantidad del financiamiento a la Tesorería de la Federación, para que ésta a su vez la canalizara para los damnificados de los sismos. ¿Y por qué triangular? Porque la Ley General de Partidos Políticos prohíbe usar para fines distintos el dinero público destinado a éstos.

Verán, la citada ley enuncia como obligación de los partidos políticos “aplicar el financiamiento de que dispongan exclusivamente para los fines que les hayan sido entregados”.

Y el Estado, vía el Instituto Nacional Electoral (INE) y los Organismos Públicos Locales (OPL), entrega financiamiento público a los partidos para dos fines: Para el sostenimiento de actividades ordinarias y para campañas.

En el primer concepto entran los sueldos de los funcionarios partidistas, los salarios de los empleados; el pago de servicios como luz, agua; la compra de papel, tinta, hojas, etc. Y en el segundo rubro, entra todo gasto generado en campaña conforme a la propia ley, por ejemplo: Renta de inmuebles, de aparatos de sonido, de lonas, y pago de utilitarios, etc.

En ninguna parte de la ley se establece el derecho de los partidos políticos de usar el financiamiento público para hacer obras de caridad o para entregarlo a damnificados, o para darle el destino que le venga en gana a los dirigentes.

Claro, es loable desprenderse de dinero para aportarlo a una causa justa.

Sin embargo, la prerrogativa denominada “financiamiento público” para los partidos políticos tiene fines específicos para evitar que sean infiltrados por dinero de la delincuencia organizada, intereses extranjeros o religiosos.

Incluso, por eso mismo el financiamiento público debe prevalecer por encima del financiamiento privado. ¡Esa es la razón!

Y si Morena es capaz de sostenerse con menos del financiamiento público que recibirá a partir del 2019  –será el partido que reciba más por su alta votación en las elecciones 2018–, bueno, hay otros mecanismos legales para hacer posible que tenga menos.

¿Qué mecanismos? Por ejemplo, la reducción legal del financiamiento público aplicando una fórmula distinta a la establecida en la ley, o simplemente multiplicando el número de ciudadanos inscritos en el padrón electoral por un porcentaje menor de la unidad de medida y actualización.

¿Qué les parece por el 30% en vez del 65%?

Ya la presidenta nacional de Morena, Yeidckol Polevnsky, confirmó que el partido renunciará a una parte de sus prerrogativas, como lo anunció Andrés Manuel López Obrador, “jefe político” de este partido y virtual Presidente Electo.

Dijo: “Ya Andrés Manuel lo dijo y a mí me parece maravilloso, pero además queremos que todos los partidos lo hagan. Espero que se pueda meter una iniciativa, nosotros no queremos ser administradores de recursos, ni tener gran número de recursos, ni que la gente venga a Morena porque tiene mucho dinero”.

Renunciar así nada más por renunciar al financiamiento público, no es la solución; de entrada porque como ya se ha dicho este recurso es para fines específicos, pero además con un uso distinto se corre el riesgo de esquemas duales y alternos de financiamiento como el fideicomiso “Por los Demás”.

¿Qué sí se puede hacer? Mandar una iniciativa de ley al Congreso de la Unión para realizar una reforma electoral urgente a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a las leyes General de Partidos Políticos y General de Instituciones y Procedimientos Electorales, para reducir el financiamiento público a los partidos.

Y así todos felices y contentos.

 HACIENDA SÍ PUEDE DAR INFORMES

La Ley General de Partidos Políticos en su artículo 58 establece que:

El Consejo General del INE “a través de su Unidad Técnica, podrá solicitar a la unidad administrativa competente en materia de inteligencia financiera de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público informes de operaciones financieras ante la presunción sobre el origen ilícito de los recursos aportados a los partidos políticos”.

Y que “a solicitud del órgano de fiscalización la unidad administrativa competente en materia de inteligencia financiera de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público informará respecto de disposiciones en efectivo que realice cualquier órgano o dependencia de la Federación, de las entidades federativas y de los municipios durante cualquier proceso electoral, cuando tales operaciones se consideren relevantes o inusuales de conformidad con los ordenamientos aplicables.”

¿Está claro?

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