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El “candidato de la militancia” y el “candidato oficial” del PRI

Crónica Política: “Piso parejo” ¿no?; elecciones de Estado, ¿sí?

#Opinión Por: Rosy RAMALES

Ahora resulta que nadie quiere “piso parejo” cuando todo mundo se ha quejado de proselitismo anticipado, elecciones de Estado, abuso de los dirigentes partidistas en su aparición en promocionales, etc. ¡Hay 105 impugnaciones en contra de  los lineamientos emitidos por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE)!

Vamos, impugnó hasta la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República y de dos entidades federativas: Además, legisladores federales y locales, presidentes municipales, partidos políticos y medios de comunicación.

Así de grave las cosas, de acuerdo a datos proporcionados por el consejero presidente del Consejo General del INE, Lorenzo Córdova Vianello.

O sea, ¿nadie quiere sujetarse a reglas democráticas? ¿Nadie quiere rendir cuentas del abuso propagandístico a costa del erario? ¡Eso es corrupción también! De nada sirven entonces las normas y los golpes de pecho en contra de conductas indebidas.

Veamos grosso modo las bases de los Lineamientos emitidos por el Consejo General del INE que regulan los criterios respecto de la aparición de dirigentes y voceros partidistas en tiempos de Radio y Televisión y los Lineamientos para Garantizar la Equidad entre los Participantes en la Contienda Electoral 2017-2018, los cuales contemplan a cualquier persona que aspire a un cargo de elección popular, incluyendo servidores públicos:

  • Hasta el 7 de septiembre los dirigentes de los partidos políticos podrán seguir apareciendo en los spots de radio y televisión.
  • A partir del 8 de septiembre, no podrán aparecer en ninguna propaganda, líderes, voceros o militantes partidistas con intención de postularse a algún cargo de elección popular.
  • Al inicio de las precampañas pueden aparecer los precandidatos y los dirigentes que no piensen postularse a ningún cargo.
  • En intercampañas; es decir, entre precampaña y campaña, hay una veda para evitar actos anticipados de campaña. Los partidos pueden pautar anuncios genéricos donde aparecerán sólo personas, dirigentes o voceros que no serán postulados a ningún cargo.
  • Durante las campañas y antes de la veda electoral, pueden promoverse con toda libertad los ciudadanos que solicitarán el voto ciudadano.
  • Además, el INE quedó obligado a emitir, a más tardar en agosto, las normas relativas al uso indebido de programas sociales y la violación a los principios de equidad e imparcialidad previstos en el artículo 134 de la Constitución General.

¿Dónde está lo malo de los lineamientos?

En lo personal, me parece que al Consejo General del INE se le estaba haciendo tarde para regular el insolente proselitismo de aspirantes a cargos de elección popular para los comicios del 2018, y que aplicará no solamente para la elección de Presidente de México, sino también para senadores y diputados, así como para los cargos a elegirse en comicios concurrentes en 30 entidades federativas.

Porque pululan los aspirantes que desde hace mucho tiempo promueven su imagen con el propósito de posicionarse en el ánimo de la militancia de su partido político, pero sobre todo en el ánimo del electorado en general.

Y, con sus honrosas excepciones, promueven su imagen aprovechando desventajosamente su posición como dirigente de partido político, como servidor público o como representante popular; y usando recursos públicos, que es lo más grave. Suben y bajan entregando cuánta cosa y recorren comunidades despotricando en contra de los adversarios, a costa del erario.

¿A poco creen ustedes que los recursos salen de los bolsillos personales?

En el caso de los dirigentes partidistas es necesario tener en cuenta que los partidos son entidades de interés público y, por lo tanto, manejan recursos públicos. Por eso cuando los líderes se promueven agazapados, por ejemplo, en promocionales del partido, están haciendo uso de recursos públicos.

¿Y cuál es el fin de promoverse? En principio, es preparar el terreno para vía encuestas determinar la presencia electoral de los aspirantes. O sea, piensan que entre más los conozca la militancia y la ciudadanía en general, más posibilidades tendrán de ganar las encuestas internas y, en consecuencia, ser postulados a cargos de elección popular.

Y, aguas, porque resultar el más conocido, no significa estar colocado en la preferencia electoral; el elector puede conocer al “X” aspirante, pero no por eso votará por él.

Hay una gran diferencia entre conocerlas o conocerlos  (de vista y de oídas, porque lo vio y lo escuchó en radio o en televisión) y votar por ellas o por ellos.

Sin embargo, como quiera que sea, promoverse con fines proselitistas usando la posición de un cargo o el rango político, o simplemente vía espacios contratados ex profeso, da ventaja frente otros competidores internos o externos.

Y es precisamente lo que pretende evitar el INE: La ventaja, la cual rompe con el principio de equidad en la contienda electoral.

Habría que leer la impugnación presentada por las Consejerías Jurídicas de la Presidencia de la República y de las dos entidades federativas que se inconformaron, para conocer a ciencia cierta el sentido de las mismas. Sin embargo, resulta increíble que los gobiernos –por no decir, los mandatarios— pretendan cancha libre para hacer y deshacer propagandísticamente en época electoral.

¡Qué mal mensaje! Es como querer entera libertad para organizar “elecciones de Estado”. ¿O no es así?

Ya me imagino, argumentando que los lineamientos del INE violan la libertad de expresión, y que la autoridad electoral administrativa se excedió porque solamente debe regular en campañas electorales, etc. Y cuánto argumento con tal de seguir promoviendo la imagen de las y los aspirantes a los cargos de elección popular a disputarse en las elecciones del 2018 (federales y locales).

Ciertamente, los lineamientos limitan la adquisición de propaganda que implique la promoción personalizada de quienes aspiren a un cargo de elección popular a través de la radio, la televisión, medios impresos, publicidad fija, electrónicos, internet o redes sociales.

Pero la regulación no implica limitación a la libertad de expresión, porque quedan en libertad de dar entrevistas, enviar mensajes en redes sociales y acudir a actos públicos, pero lo que no podrán hacer es pagar para promover su imagen, según han explicado los consejeros del Consejo General del INE.

¿Entonces? ¿Cuál es la ofensa?

***

Correo: rosyrama@hotmail.com

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