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PRI, ¿resurgirá de sus cenizas?

Crónica Política: Otro revés al plan con maña del PRD

Opinión Por: Rosy RAMALES

No nos gusta referir el “se los dijimos”. Pero se los dijimos, que era incierta la suerte del PRD nacional y de su presidenta Alejandra Barrales Magdaleno; en dos reveses seguidos la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ha señalado el camino de la legalidad que torcieron las tribus enquistadas en el poder del partido.

Recordemos:

En septiembre pasado, los perredistas harto discutieron que el periodo legal de los comités Nacional, Estatales y Municipales del PRD (electos en 2014 en la elección interna organizada por el Instituto Nacional Electoral) fenecía en octubre y en noviembre del año en curso; son los que fueron electos en el 2014. Y lo mismo ocurría con los Consejos perredistas.

Por lo tanto, algunos grupos internos insistieron en que los comités y demás órganos deberían renovarse con todas las formalidades de ley; sin embargo, no lo hicieron. Y se pensó que el pobrecito del PRD enfrentaba entonces la imposibilidad de la renovación en todos sus niveles por la prohibición legal de realizar elecciones internas una vez iniciado el proceso electoral constitucional.

Ya había iniciado el Proceso Electoral 2017-2018 para las elecciones de Presidente de México, y diputados y senadores al Congreso de la Unión; también los procesos locales en varias de las entidades federativas de las 30 donde el próximo año habrá comicios concurrentes.

Sin embargo, llevar a la imposibilidad el cumplimiento de los estatutos partidarios, fue una situación en la que deliberadamente se colocó el PRD nacional, arrastrando a sus órganos desconcentrados. O sea, fue plan con maña para prorrogar el mandato de la senadora Alejandra Barrales como presidenta del Comité Nacional, incluso por encima de la disposición estatutaria que prohíbe ostentar un cargo de elección popular y formar parte de la dirigencia del partido.

Claro, plan con maña de las tribus aliadas en el control del PRD nacional. Y controlar la dirigencia y los órganos deliberativos (Consejo y Asamblea) en tiempos electorales, es controlar la selección de las candidaturas, que para las elecciones del 2018 son para Presidente de la República, senadores, diputados federales, y en comicios concurrentes locales además, gobernador, diputados y concejales a los ayuntamientos, según la entidad de que se trate.

Evidentemente, en los asuntos locales rigen los comités estatales y municipales, igual los órganos deliberativos en estos niveles, pero siempre influyen los órganos nacionales. Además, parte de los comités estatales del PRD presentan el mismo problema que la dirección nacional: El periodo vencido. Caso Oaxaca, por ejemplo.

En fin, que a la mayoría de los perredistas que toman las decisiones se les hizo muy fácil torcer sus propios estatutos y le prorrogaron el mandato a Alejandra Barrales sin exigirle presentar licencia indefinida al cargo de senadora para poder ejercer la presidencia nacional del PRD.

Pero esta semana, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó, por unanimidad de votos, ordenar a María Alejandra Barrales Magdaleno, separarse del cargo de presidenta nacional del PRD a más tardar el 9 de diciembre, porque dejó de estar justificada la medida excepcional que tenía el efecto de suspender la aplicación del artículo 111 del Estatuto, que prohíbe ocupar la dirigencia mientras se ejerce un cargo de elección popular.

El Pleno tomó en cuenta que actualmente está en curso un proceso de renovación de los cargos de dirigencia del mencionado partido, llevado a cabo en acatamiento a una sentencia previa de la Sala Superior, y estimó que la actual presidenta nacional deberá separarse de dicho puesto partidista.

A estas alturas hay proceso interno de renovación porque (en la otra parte de la historia), cuando los listos perredistas le prorrogaron la presidencia del partido a Barrales, le dieron vuelta a un primer mandato de la Sala Superior para que el PRD convocara a elecciones, entonces dijeron sí, pero después de proceso electoral constitucional argumentando imposibilidad legal dado el inicio de éste.

Y otra vez impugnó Carlos Sotelo y algunos otros perredistas, y en el estudio del medio de impugnación las magistradas y los magistrados electorales se percataron de que efectivamente el PRD incumplió y por lo tanto le ordenó renovar la dirigencia nacional dentro de un plazo de sesenta días naturales (contados a partir de la notificación); plazo que está corriendo en estos momentos.

Así que en una nueva sentencia emitida esta semana por la Sala Superior del TEPJF, los magistrados electorales establecieron que: “En el supuesto de que antes del 9 de diciembre Barrales Magdaleno exhiba al Comité Ejecutivo Nacional del PRD la solicitud de licencia a su cargo de Senadora, ella podrá continuar en el cargo de dirigencia nacional hasta el 11 de diciembre de 2017, teniendo en cuenta que, de conformidad con la resolución del incidente de imposibilidad de cumplimiento de la sentencia del juicio SUP-JDC-633/2017, esa es la fecha en la que, a más tardar, “la nueva dirigencia deberá rendir protesta e iniciar funciones formal y materialmente”.

¿Qué tal? Resulta increíble que un partido que se precia de ser democrático y que critica las ilegalidades de sus opositores, viole sus estatutos y de manera burda y sistemática. Pobre PRD, las ambiciones tribales y personales se lo están acabando.

CASO OAXACA

Citamos párrafos arriba que la dirigencia estatal del PRD en Oaxaca enfrenta el mismo problema que la dirección nacional: Vencimiento del periodo. Por lo tanto, deberá renovarse pronto.

Y además existen dos Consejos Estatales, uno que funciona con un Secretario que hace meses renunció al PRD para sumarse a Morena (Pavel Renato Gómez) y que es convocado por el presidente local perredista, Raymundo Carmona Laredo. Y el otro, que funciona con la mayoría de los consejeros y de los integrantes de la mesa directiva.

Las definiciones le urgen al perredismo oaxaqueños, porque, incluso, hay incertidumbre sobre la suerte de la plataforma electoral, autorización de convenios de coalición y convocatorias para la selección de candidatos a las elecciones locales del 2018; cada Consejo Estatal aprobó sus propios documentos. ¿Cuáles son los válidos?

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Correo: rosyrama@hotmail.com

Rosy RAMALES

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