miércoles , mayo 1 2024
Inicio / Opinión / CRÓNICA POLÍTICA: Morenistas, siguen “montados en su macho”

CRÓNICA POLÍTICA: Morenistas, siguen “montados en su macho”

Opinión por Rosy RAMALES

Como reza la vox populi: Morenistas siguen “sentados en su macho”respecto a la ampliación de 2 a 5 años del mandato del próximo gobernador de Baja California,Jaime Bonilla Valdez.

Y lo peor, alegan estupideces con el ánimo de darle legalidad y constitucionalidad a una ampliación totalmente inconstitucional. Todos, excepto morenistas, lo han dicho hasta el cansancio: Es una grave afrenta al Pacto Federal.

La última:

Leía en El Financiero la interesante nota de la periodistaSusana Guzmán“Morenistas defienden permanencia de Jaime Bonilla por 5 años en BC”, en la cual da cuenta de un documento de ellos donde detallan la larga cadena impugnativa desde la emisión de la convocatoria para el proceso electoral a gobernador en aquella entidad.

Una serie de impugnaciones sobre la duración en el cargo del próximo mandatario: 2, 6, 5 años. Obvio, con las sentencias respectivas del Tribunal Local y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), cuya Sala Superior finalmente validó el periodo de 2 años.

Y que es, el lapso de la convocatoria inicial emitida por el Instituto Estatal Electoral de Baja California, pero que el Tribunal Local cambia en dos ocasiones, una a 5 y otra a 6 años. Vaya, éste hasta parece un órgano jurisdiccional que “baila al son que le toquen”: Una vez impugnó Blanca Estela Fabela y la otra Jaime Bonilla.

Bonilla es registrado como candidato de la coalición “Juntos Haremos Historia” (Morena-PT-PVEM-Transformemos) el 27 de marzo del 2019.

El documento en comento resalta que “en ese momento estaba vigente la convocatoria que establecía el periodo de 5 años”. Y éste es el argumento de morenistas para sostener dicho lapso y no 2 años.

¿Qué tal? ¿Pueden creerlo?

En todo caso, lo hubiesen argumentado en el momento procesal oportuno dentro del proceso electoral. Pero éste ya concluyó; además, en electoral prevalece el principio de definitividad; algo así como que lo que no se impugnó en su momento, no se puede impugnar después.

La última impugnación la resuelve la Sala Superior del TEPJF tres días antes de la elección de gobernador de Baja California y ordena nuevamente a la autoridad electoral local cambiar al periodo inicial de 2 años.

En ese tenor, miren lo que alegan morenistas:

Es evidente que no hubo un periodo claro, único y determinado para el ejercicio del cargo de gobernador en Baja California, de ahí que no puede sostenerse válidamente que la ciudadanía tenía plena certeza de que el candidato electo duraría en su cargo 2 años”.

Y que “el mismo razonamiento aplica respecto al principio de seguridad jurídica, ya que en 4 ocasiones se modificó el mandato de gobierno, máxime que las resoluciones del TEPJF no fueron pronunciamientos de fondo, por lo que no existe judicialmente una verdad jurídica firme y definitiva sobre el periodo del ejercicio de gobierno”.

En serio, ni un estudiante de Derecho daría tan endebles argumentos.

Además, lean lo establecido en el artículo 99 de la Carta Magna General:   

“El Tribunal Electoral será, con excepción de lo dispuesto en la fracción II del artículo 105 de esta Constitución,la máxima autoridad jurisdiccional en la materia y órgano especializado del Poder Judicial de la Federación.”

¿Y qué dispone la fracción II del artículo 105?  Lo siguiente:

La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá, en los términos que señale la ley reglamentaria, de los asuntos siguientes:

II.    De las acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto plantear la posible contradicción entre una norma de carácter general y esta Constitución.”

Más claro ni el agua: El único órgano encargado de resolver en materia electoral es el TEPJF; éste tiene la última palabra, la cual debe de cumplirse.

Ya la Suprema Corte se encarga de conocer los asuntos cuando una ley es contraria a la Constitución. Por cierto, como la llamada “Ley Bonilla”, que seguramente será impugnada en el momento procesal oportuno.

Si fuera el caso, francamente no creemos que la Corte avale afrenta tras afrenta a la Constitución, pues además el periodo para determinado cargo debe establecerse previo a la elección, no después de haber sido electo.

Esto es, si Jaime Bonilla fue electo para un periodo de dos años, debe ser gobernador de dos años, no de cinco; y el plazo lo definió el máximo órgano jurisdiccional en materia electoral, el TEPJF vía su Sala Superior, cuyas sentencias son definitivas y firmes. Punto.

***

Correo:rosyrama@hotmail.com

Revisar tambien

Que no le digan… Mónica Palencia ¿traidora a la patria?

Por Mario A. Medina Mónica Palencia Núñez es la mexicana ministra del Interior de Ecuador ...

A %d blogueros les gusta esto: